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Di no al maltrato

Zaikomoan

Zaiko moan se rige por las leyes reglamentarias en los temas que la Asociación incursione, en ese sentido, La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la ley Universal de los Derechos Animales, Códigos penales tanto del Estado de México y de la CDMX  y por encontrarse las oficinas en el Estado de México, utilizamos en primer instancia las leyes del gobierno del Estado de México, PROPAEM  y los bandos municipales de los Municipios que son su zona de influencia. Así como también las leyes aplicables a la CDMX, por ser parte del Valle de México.
  

Denunciar el maltrato es nuestra responsabilidad y posibilidad como sociedad. ¡Ellos dependen de nosotros si nos callamos nos volvemos cómplices. Un mundo mejor para los animales es un mundo mejor para todos!

Subprocuraduría de Protección y Bienestar Animal (PROPAEM)
Tel.: (01-722) 2-13-54-56  ext. 105  tel: 53 66 82 53 y 54

[email protected]

[email protected]

Denuncia en Línea: Denuncia el Maltrato Animal
 

ECOTEL, Sistema de Atención a la Denuncia Ciudadana
Tel.: (01-800) 2-32-08-35 y (01-722) 2-19-26-61

[email protected]

Denuncia en Línea: ECOTEL

Para cualquier duda o comentario nos pueden escribir al correo: [email protected];

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Facebook: facebook.com/ReservaSMA

Twitter: @reservagem

ANIMALES ATROPELLADOS O EN PELIGRO EN VÍA PÚBLICA ABRIGADA DE VIGILANCIA ANIMAL 

TELEFONO: 52089898  LINK: http://www.ssp.df.gob.mx/brigada_vigilancia_animal.html

ANIMALES MALTRATADOS EN ALGÚN DOMICILIO EN LA CDMX denuncia en la
www.paol.org.mx O al 52650780 exts 15410, 15420, 15430, 15450, 15440 y 15212.

DENUNCIA DE MALTRATO EN LA CDMX ACUDAN A LA FISCALIA DESCONCENTRADA INVESTIGACIÓN EN DELITOS AMBIENTALES Y EN MATERIA DE PROTECCIÓN URBANA FEDAPUR
LINK: www.pgjdf.gob.mx/fedapur/pagina.html

LINEA DE MALTRATO DEL CONSEJO CIUDADANO
tel: 55335533 link: www.consejociudadanodf.org.mx/

LINEA DE ANIMALES DE COMPAÑÍA LOCATEL
tel: 565811 link: http://www.locatel.df.gob.mx/animales/

CAMPAÑAS DE ESTERILIZACIÓN GRATUITAS DELA SECRETARIA DE SALUD EN LA CDMX
tel: 52310909 link: //twitter.com/Medistancia?ref_src*twsrc%5elfw



Ley Orgánica municipal del estado de México

Capitulo sexto bis 

Art. 124 bis. En cada municipio se establecerá una Unidad de Control y bienestar Animal, la cual tendrá las siguientes funciones :

I. Desarollar y aplicar programas de esterilización permanente de perros y gatos de compañía y en situación de calle;

II. Promoción de la educación y cultura de la convivencia responsable de los animales de compañía;

III. De vacunación y esterilización; 

IV. De difusión, promoción y fomento de adopción de animales ; 

V. Capacitación para la promoción del bienestar animal;

VI. Control poblacional de perros y gatos en situación de calle; por medio de la esterilización.

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